Periodo medio de pago a proveedores

A continuación, se detalla la información requerida por la Disposición adicional tercera de la Ley 15/2010, de 5 de julio (modificada por la disposición final 2 de la Ley 31/2014, de 3 de diciembre y por el art. 9.2 de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre), y preparada conforme a la Resolución del ICAC de 29 de enero de 2016, que fue confirmada por la Resolución del ICAC N.º 132 de diciembre de 2022, sobre la información a incorporar en la Memoria de las cuentas anuales en relación con el periodo medio de pago a proveedores en operaciones comerciales.

Este saldo hace referencia a los proveedores que por su naturaleza son acreedores comerciales por deudas con suministradores de bienes y servicios, de modo que incluye los datos relativos a las partidas “Proveedores” y “Acreedores” del pasivo corriente del balance al 28 de febrero de 2023 y 2022 de las cuentas anuales.

Se entiende por “periodo medio de pago a proveedores” el plazo que transcurre desde la entrega de los bienes o la prestación de los servicios a cargo del proveedor y el pago material de la operación.
El plazo máximo legal de pago aplicable a las sociedades en el ejercicio 2022 y 2021 según la Ley 11/2013, de 26 de julio, es de 30 días (a menos que se cumplan las condiciones establecidas en la misma, que permitirían elevar dicho plazo máximo de pago hasta los 60 días).